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LA LOPD Y LOS SERVICIOS DE SOPORTE Y MANTENIMIENTO

La Ley de Protección de datos de carácter personal (LOPD), y los servicios de soporte y mantenimiento en las aplicaciones informáticos y sistemas de información, cuando con dicha aplicaciones y sistemas se manejen datos de carácter personal, no son ajenos al cumplimiento de la LOPD. Mas aún, con el nuevo Reglamento que desarrolla la LOPD, que recoge nuevas exigencias y obligaciones en cuanto al manejo de los datos de carácter personal por parte de las empresas que presten estos servicios de soporte y mantenimiento a sus clientes.

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MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL PAPEL

Una de las novedades del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD) ha sido la regulación de las medidas de seguridad de los tratamientos no automatizados, donde se incluyen los papeles que contenga datos de carácter personal. Distinguiéndose, para las medidas de seguridad a implantar al papel, también tres niveles de seguridad, el básico, medio y alto, según el tipo de datos personales que se traten, y aplicándose algunas medidas de seguridad que se exigen a los tratamientos automatizados, como son las funciones y obligaciones del personal, el registro de incidencias, control de acceso, gestión de soportes, y para el nivel medio y alto, el responsable de seguridad y la auditoría.

 

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DATOS DE PERSONAS DE CONTACTO

 

El 19 de abril entró en vigor el reglamento que desarrolla la ley de protección de datos de carácter personal (Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal). El cometido de este reglamento es, como su nombre indica, desarrollar los artículos recogidos en la ley de protección de datos personales, pero el contenido del reglamento en determinados aspecto va más allá del desarrollo de la ley de protección de datos personales, como ha sucedido con el ámbito de aplicación de este reglamento con respecto a la ley, lo cual a suscitado dudas y múltiples interpretaciones sobre si debe cumplirse la normativa sobre protección de datos personales a determinados datos.

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LA BRECHA TECNOLOGICO/LEGAL DE LAS PYMES

Las tecnologías de la información y la comunicación están suponiendo para las empresas, la posibilidad de potenciar su actividad y desarrollo. Siendo las grandes empresas las que desde el principio han apostado por esta tecnología, gracias a su capacidad económica e infraestructura.

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IDENTIFICACIÓN POR HUELLA DACTILAR

La biometría es el sistema que utiliza las características físicas o elementes de la personalidad de un individuo para identificar o verificar la identidad de una persona. El uso de datos biométricos, como sistema para identificar y autentificar a una persona, es algo muy usual, dados los avances tecnológicos que han facilitado la recogida de este tipo de datos, su conservación en formato lógico y su posterior procesamiento para localizar e identificar a las personas.

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